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Una trabajadora gana la readmisión en los tribunales la despidieron por bajada de rendimiento al enfermar de cáncer
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado las pretensiones de la trabajadora, enferma por cáncer de mama. Y así, ha reconocido su despido como nulo, a pesar de las alegaciones de la empresa de que la mujer había «reducido su rendimiento» en el trabajo.
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Un día después de comenzar la última baja médica, a la mujer se le comunicó la decisión de la empresa de romper la relación laboral. Ello, a través de un mensaje de WhatsApp en la que se comunicaba la carta de despido a la trabajadora, alegando una «disminución continuada y voluntaria de su rendimiento de trabajo». Alegaciones que, sin embargo, iban acompañadas de un reconocimiento de despido improcedente.
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«La carta de despido, acompañada con la demanda, claramente expresa que la trabajadora fue despedida», expone el tribunal, rechazando las alegaciones del juzgado anterior.
Reconocido el despido, el TSJPV establece que éste es nulo. Ello, debido a que la empresa «no ha justificado ninguna causa, y que el despido se engarza con una situación de incapacidad temporal y un proceso oncológico. El día siguiente a la baja médica se produce el despido, que no tiene causa», expone el tribunal, que considera que esto supone una discriminación por motivos de salud contra la trabajadora.
Razonamiento que lleva al tribunal a declarar nulo el despido. Y así, condenar a la empresa a la readmisión de la trabajadora, así como a indemnizarla con 7.501 euros, aplicando el interés del artículo 1108 del Código Civil.
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