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El Supremo lo confirma: los cursos de formación en el trabajo son tiempo de trabajo efectivo
El abogado laboralista Juanma Lorente ha difundido en redes sociales una resolución reciente del Tribunal Supremo que aclara cómo deben tratarse los cursos de formación obligatorios dentro de la relación laboral.
Según explica en el vídeo, el alto tribunal ha confirmado que cuando la empresa exige realizar un curso, ese tiempo debe considerarse trabajo efectivo. En palabras del propio jurista: "Los cursos de formación que tu empresa te obligue a hacer, que sepas que se tienen que pagar como tiempo de trabajo efectivo".
La consecuencia práctica es clara: la formación obligatoria deja de interpretarse como una actividad voluntaria o externa y pasa a integrarse plenamente dentro de la jornada laboral.
La resolución no solo afecta al salario, sino también a la organización del tiempo de trabajo. Tal como señala Lorente en su publicación, "estos cursos se tendrán que hacer durante la jornada laboral y no te podrán obligar a quedarte más tiempo por tal de terminarlo".
Este punto resulta especialmente relevante en un sistema en el que muchas empresas han trasladado parte de la formación a plataformas digitales accesibles desde casa. Aunque el formato sea online o flexible, el carácter obligatorio impide que el trabajador asuma ese tiempo como una carga personal.
El criterio judicial refuerza así uno de los principios básicos del derecho laboral español: cualquier actividad impuesta por la empresa que beneficie a la organización debe computar como tiempo de trabajo.
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El tiempo adicional debe aparecer reflejado en la nómina con la correspondiente retribución o compensación equivalente en descanso, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores. Si no se reconoce, el empleado podría iniciar una reclamación laboral.
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La resolución abre la puerta a reclamar cuando se den determinadas situaciones:
- Cursos obligatorios realizados fuera del horario sin compensación.
- Formación exigida sin computarse como tiempo trabajado.
- Nóminas que no reflejen horas extraordinarias vinculadas a la formación.
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