Marco laboral
El Supremo blinda el permiso de cinco días por enfermedad de familiar: sin tope anual y más allá del alta hospitalaria
El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a dos de las restricciones que más conflictos estaban generando en las empresas desde la reforma de 2023.
En una reciente sentencia, la Sala Cuarta del Alto Tribunal establece que el permiso de cinco días por accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar no está sujeto a un máximo anual, y que tampoco se agota en el momento en que el paciente abandona el hospital.
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El litigio arranca en el grupo de empresas de servicios del Real Automóvil Club de España: Race Asistencia, Asegurace, Unión de Automóviles Clubs y Grupo Empresarial RACE. Entre todas suman unas 535 personas en plantilla, la mayor parte en los centros de Madrid y Córdoba, y se rigen por un convenio colectivo de 2015 que permanece en ultraactividad.
Según los hechos probados, la dirección aplicaba dos criterios restrictivos al permiso del art. 37.3.b) ET:
- Reconocía un único bloque de cinco días laborables por año, aunque surgiera después otra enfermedad grave u hospitalización de un familiar distinto.
- En los ingresos hospitalarios, limitaba el permiso a los días de estancia en el centro, aunque el familiar siguiera necesitando cuidados en casa.
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La sentencia obliga a revisar las políticas internas que todavía aplican límites al permiso del art. 37.3.b) ET. Estas son las claves:
- Sin cupo anual. Cada nuevo hecho causante, como la hospitalización de otro familiar, da derecho a un nuevo permiso de hasta cinco días, aunque ya se haya disfrutado otro en el mismo año.
- El alta hospitalaria no corta el permiso. Si el familiar vuelve a casa sin alta médica y con reposo prescrito, el trabajador puede consumir los días restantes.
- La justificación sigue siendo exigible. El permiso está ligado a una causa real, por lo que la empresa puede pedir documentación médica que acredite el hecho causante y, en su caso, el reposo domiciliario.
- Zona gris pendiente. Queda por aclarar cómo computar varias hospitalizaciones derivadas de un mismo proceso. Es previsible que llegue nueva litigiosidad sobre este punto.
Con esta resolución, el Supremo consolida un criterio finalista: el permiso se mide por la necesidad efectiva de cuidados del familiar, no por un calendario anual ni por la fecha en que el paciente abandona el centro sanitario.
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