Marco laboral
El Supremo obliga a las empresas a sumar las 12 horas de descanso entre jornadas al reposo semanal de sus trabajadores
El Supremo se ampara en la Directiva 2003/88/CE, que prohíbe que el descanso semanal y el diario se solapen. De igual forma, según recoge una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), todo trabajador tiene derecho a disfrutar del descanso diario y semanal "en dos disposiciones distintas" ya que han de tratarse como derechos autónomos, es decir, que no dependen el uno del otro, ya que "persiguen objetivos distintos".
Es por esto que es mandatorio garantizar a los trabajadores el disfrute efectivo de cada uno de estos descansos, ya que si el descanso diario se incluyese en el semanal estaríamos "vaciando de contenido" el primero. En cualquier caso, el periodo de descanso diario no puede añadirse en el semanal para cumplir con el mínimo obligatorio.
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El Supremo aclara que el descanso entre jornadas ha de computarse por horas desde el final de una jornada hasta el comienzo de la siguiente, computándose por horas reales también el descanso semanal, y no por días naturales.
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